Jueves, 25 de Abril del 2024

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Conoce tus derechos al ser detenido

Conoce tus derechos al ser detenido por alguna autoridad municipal, estatal y federal.

La autoridad debe ser imparcial en todo momento, y la justicia debe buscar la verdad. Es por eso que una persona que es señalada como el causante de un daño o delito hacia otra, debe ser tratada como inocente hasta que, mediante las investigaciones correspondientes o pruebas contundentes, puedan comprobarse que no lo es.

Es por eso que debes saber tus derechos a los que estás sujeto al momento de ser detenido y conforme a la Cartilla de derechos que asisten a las personas en detención, que enlistan las garantías que tiene la persona aprendida:

  1. Ser informado de la causa de su detención.
  2. Recibir un trato respetuoso que salvaguarde tu integridad física, a no ser amenazado, intimidado o forzado a declarar.
  3. Informar de tu detención a familiares, personas de confianza y a un abogado.
  4. Ser revisado por un médico al momento de tu ingreso al área de detención.
  5.  Si al momento de dar tu declaración no cuenta con un abogado, tiene derecho a que se le asigne un defensor público federal. Antes de su declaración podrá solicitar una entrevista en privado con su defensor.
  6.  No firmar ningún documento si no está en presencia de tu abogado
  7. No declarar ante el Agente del Ministerio Público de la Federación. Si decide hacerlo debe ser asistido por tu abogado, quien también estará presente durante el desahogo de pruebas.
  8.  A que se le conceda el beneficio de libertad provisional bajo caución, cuando no sea delito grave y la ley lo establezca.
  9.  A ser presentado ante un juez dentro de las primeras 48 horas posteriores a tu detención o a que se le otorgue tu libertad, cuando proceda.
  10. Si pertenece a un pueblo o comunidades indígena, tiene derecho a ser asistido por un traductor y defensores que tengan conocimiento de tu lengua y cultura.
  11.  En caso de ser extranjero la detención deberá comunicarse de inmediato a la representación diplomática o consular que corresponda; si no habla español, debe contar con un traductor, quien le hará saber sus derechos.

Pero, ¿qué pasa si la autoridad no cumple con esto? Si la autoridad no cumple con alguno de estos derechos, el juez de garantía competente podrá, de oficio o a petición del defensor del detenido, llevar a cabo la audiencia de Cautela de Garantías establecida en el artículo 10 del Código Procesal Penal

Hay que recordar que no por el simple hecho de estar aprehendidos se pierden nuestros derechos ciudadanos, al contrario, tienes otra serie de derechos como detenido.

CT


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